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La fracción arancelaria 2106.90.10 (Extractos y concentrados del tipo de los utilizados en la elaboración de bebidas que contengan alcohol, excepto las preparaciones a base de sustancias odoríferas de la partida 33.02.) tiene un Impuesto General de Importación (IGI) de 10.0% y un IVA de 16.0% en el interior de México (8.0% en la franja fronteriza norte).
| Descripción | Extractos y concentrados del tipo de los utilizados en la elaboración de bebidas que contengan alcohol, excepto las preparaciones a base de sustancias odoríferas de la partida 33.02. |
|---|---|
| Unidad de medida | L |
| IGI (arancel) | 10.0% |
| IVA | 16.0% |
| IVA franja fronteriza | 8.0% |
| Capítulo | 21 |
| Sección | IV |
| Vigente (DOF) | 2026-03-25 |