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La fracción arancelaria 6202.30.01 (Con un contenido de plumón y plumas de ave acuática superior o igual al 15%, en peso, siempre que el contenido de plumón sea superior o igual al 35%, en peso; con un contenido del plumaje superior o igual al 10%, en peso.) tiene un Impuesto General de Importación (IGI) de 35.0% y un IVA de 16.0% en el interior de México (8.0% en la franja fronteriza norte).
| Descripción | Con un contenido de plumón y plumas de ave acuática superior o igual al 15%, en peso, siempre que el contenido de plumón sea superior o igual al 35%, en peso; con un contenido del plumaje superior o igual al 10%, en peso. |
|---|---|
| Unidad de medida | Pza |
| IGI (arancel) | 35.0% |
| IVA | 16.0% |
| IVA franja fronteriza | 8.0% |
| Capítulo | 62 |
| Sección | XI |
| Vigente (DOF) | 2026-03-25 |