Catálogo Arancelario

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Fracción arancelaria 8461.90.03

Arancel de importación de la fracción 8461.90.03

La fracción arancelaria 8461.90.03 (Máquinas de cepillar, de codo para metales, con carrera máxima del carro hasta 350 mm, excepto de control numérico.) tiene un Impuesto General de Importación (IGI) de 15.0% y un IVA de 16.0% en el interior de México (8.0% en la franja fronteriza norte).

DescripciónMáquinas de cepillar, de codo para metales, con carrera máxima del carro hasta 350 mm, excepto de control numérico.
Unidad de medidaPza
IGI (arancel)15.0%
IVA16.0%
IVA franja fronteriza8.0%
Capítulo84
SecciónXVI
Vigente (DOF)2026-03-25

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