Catálogo Arancelario

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Fracción arancelaria 8704.21.01

Arancel de importación de la fracción 8704.21.01

La fracción arancelaria 8704.21.01 (Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.) tiene un Impuesto General de Importación (IGI) de 5.0% y un IVA de 16.0% en el interior de México (8.0% en la franja fronteriza norte).

DescripciónAcarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
Unidad de medidaPza
IGI (arancel)5.0%
IVA16.0%
IVA franja fronteriza8.0%
Capítulo87
SecciónXVII
Vigente (DOF)2026-03-25

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